Beneficios fiscales: para personas físicas (IRPF) deducción del 80% de los primeros 150€ de cuotas y/o donaciones. A partir de 150€ la deducción será de 35%. con un límite del 10% de la base liquidable. Personas jurídicas (IS) deducción del 35% de cuotas y/o donaciones. con un límite del 10% de la base liquidable.