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Beneficios fiscales: para personas físicas (IRPF) deducción del 80% de los primeros 150€ de cuotas y/o donaciones. A partir de 150€ la deducción será de 35%. con un límite del 10% de la base liquidable. Personas jurídicas (IS) deducción del 35% de cuotas y/o donaciones. con un límite del 10% de la base liquidable.
Por ejemplo, si donas 250€ al año, te desgravas*:
*De los primeros 150€ tu desgravación serán 120€ y de los 100€ restantes tu desgravación son 35€.
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